Ramaris Vásquez •  Opinión •  13/07/2023

DD.HH. Haití. Reconstruir un Estado: autodeterminación o sometimiento

DD.HH. Haití. Reconstruir un Estado: autodeterminación o sometimiento

El pueblo haitiano signó temprano su estirpe libertaria. Dos siglos más tarde se abre a su paso la disyuntiva: O camina hacia su autodeterminación, o soporta el sometimiento infligido por un puñado de bandas delictivas que gobierna sus espacios comunes; por el hambre que ofusca sus sentidos; y por enfermedades que minan su fuerza, impidiéndole ver o construir el futuro con certeza. (1).

La situación evidencia que Haití urge superar su crisis humanitaria. Por tanto, requiere reconstruir su Estado y reorganizar su estructura y poder político desde sus bases sociales, en función de responder a las necesidades de su población, en tanto el compendio multilateral es reactivo a la función estatal, establecida en los estamentos legales que rigen los derechos humanos.

Esto lo ratificó el Experto Independiente sobre la situación de los Derechos Humanos en Haití, William O’Neil, el 28 de junio pasado – según www.ohchr.org– cuando expuso que “el Estado tiene un papel fundamental que desempeñar a este respecto, como garante de los derechos humanos de la población”. (2).

Entre otras realidades que vive Haití, el Experto Independiente de la ONU dejó saber que tras el caos humanitario subyace también la apropiación ilegal de tierras campesinas: “el acaparamiento de tierras por parte de oligarcas en el noroeste ha arrojado también a miles de campesinos y campesinas a la precariedad”. (2).

En todo caso, frente a la multiplicidad de violaciones a los derechos humanos del pueblo caribeño, O’Neil ratificó que “la solución para Haití debe provenir en primer lugar de los haitianos y las haitianas. Las reformas deben integrar un refuerzo del funcionamiento y de los sistemas de vigilancia para reforzar la responsabilidad e integridad de todos los actores, a todos los niveles de la estructura jerárquica”. (2).

Es decir que, cuando se refiere a esa estructura, ratifica que es un asunto de Estado. Un Estado que, en este caso, quedó acéfalo en su presidencia desde hace más de dos años, tras el magnicidio de Jovenel Moïses. Pero además, tal como lo expresara O’Neill, se necesita en Haití “un sistema judicial efectivo” para “combatir la corrupción y la impunidad que aumentan el ciclo de violencia y que han paralizado al país durante décadas”. (s/n) O sea, que se trata de un problema estructural. (3).

A juicio del Experto Independiente de la ONU “la falta de control, de rendición de cuentas, y de castigo para funcionarios del poder judicial crea un terreno fértil para que se propague la corrupción y la impunidad”, por lo que recordó que el Tribunal de Primera Instancia en Puerto Príncipe”, lleva inoperativo “más de un año”. (2)

De vuelta al Estado, entonces se enuncia un problema que es orgánico y afecta la vida del pueblo caribeño.  Alda, S. (2005) en su investigación “Haití: El intento fallido de construir una democracia sin Estado”, afirmó que la “crisis estructural” se ha ceñido al orden estatal haitiano, por lo que insistía en que hay que observar la “estructura del poder político” que le rige para comprender “no sólo esta crisis, sino la forma en que se manifiesta y su persistencia” en el tiempo. (p.14). (3)

Una de sus conclusiones, es que la desigualdad socava la vida de los haitianos, en tanto “el problema estructural de esta sociedad ha sido la inexistencia de un poder estatal que rigiera la vida política y social bajo un sistema legal para todos los individuos y todo el territorio”. (p.15 -16). ¿Estaría hablando Alda, S. (2005) de un orden constitucional devenido de una Constituyente Nacional? (3)

Esta duda surge, en tanto la estudiosa aludía que “la existencia de un aparato burocrático administrativo no significa que exista tal poder estatal”, pues aseguraba que en Haití “la administración y sus recursos se emplea por cada gobernante y sus seguidores como patrimonio particular y medio de enriquecimiento”. Y concretaba que el problema determinante en Haití es que “el Estado no posee el monopolio de la fuerza”. (p.18). (3).

Ahora, aunque el estudio de Alda, S. se realizó hace 18 años, sus planteamientos y conclusiones se mantienen vigentes, de acuerdo a la realidad evidenciada actualmente, lo que permite inferir que, efectivamente, resulta un problema estructural, en tanto esa realidad no ha cambiado en Haití.

La investigadora  concluía entonces (2005) que, “el principal problema es la persistencia de una violencia incontrolada de bandas armadas que impiden un mínimo de estabilidad para celebrar los comicios, que tendrán lugar a partir de noviembre. Este es uno de los retos a corto plazo del país, sin embargo, el principal y más importante será construir un poder estatal”.  (p.18). (3).

Finalmente, estas reflexiones generan múltiples interrogantes ante la necesidad de establecer responsabilidades en tierra haitiana, pero de momento, al menos una debería tener respuesta ¿A quién o a quiénes resultan o resultarán imputables los hechos de violación de los derechos humanos del pueblo haitiano?

Referencias:

1.- https://news.un.org/es/story/2023/05/1521402

https://www.20minutos.es/noticia/5144944/0/haiti-no-remonta-el-pais-pide-ayuda-externa-para- luchar-contra-el-hambre-y-las-bandas-armadas/

https://www.hrw.org/es/world-report/2023/country-chapters/haiti

https://news.un.org/es/story/2023/06/1522002

2.- https://www.ohchr.org/es/statements/2023/06/haiti-un-expert-william-oneill-concludes-official-viit

3.-https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/1394943.pdf

*Ramaris Vásquez, periodista especializada en Derechos Humanos.


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