Diputados intergrupo por el Sahara Occidental •  Opinión •  21/07/2017

Declaración sobre la sentencia de los juicios del campamento de Gdeim Izik

El 19 de julio, el Tribunal de Apelación de Salé (Marruecos) ha vuelto a condenar a 23 personas saharauis a penas que van desde cadena perpetua hasta dos años de cárcel por “violencia contra las fuerzas del orden ocasionando lesiones, asesinato y mutilación de cadáveres” durante el desmantelamiento del campamento de la Dignidad de Gdeim Izik en 2010 en el que miles de manifestantes pedían de manera pacífica el fin de la ocupación marroquí. Desde 2010, estas 23 personas saharauis han estado en prisión.

Este nuevo juicio, que comenzó en diciembre de 2016, se ha celebrado en un tribunal civil después de que el Tribunal de Casación revocara las penas pronunciadas contra los saharauis por un Tribunal Militar en 2013 ordenando la repetición del juicio. El juicio se desarrolló en ausencia de los acusados que desde el pasado mes de mayo decidieron protestar contra el proceso no asistiendo a las audiencias.

Las misiones internacionales de observación jurídica presentes en los juicios -entre otras de integrantes del Congreso General de la Abogacía Española, Human Rights Watch, Amnistía Internacional, Centro Robert F. Kennedy y Acción de los Cristianos para la Abolición de la Tortura- han denunciado numerosas irregularidades y la falta de garantías procesales suficientes para calificar el juicio como justo y transparente.

Estas misiones han calificado al Tribunal de Salé como una corte extra-territorial sin competencia para juzgar los hechos ya que el Reino de Marruecos no cuenta con jurisdicción sobre el Sáhara Occidental.

También certificaron que el Tribunal de Salé contravino la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, ratificada en 1993 por Marruecos que también incluye en su Constitución la prohibición de la tortura, al declarar que no era un asunto propio del juicio e incluir autoinculpaciones obtenidas bajo tortura, como concluyó el Comité de la ONU contra la tortura el 15 de noviembre en relación con uno de los acusados, Naâma Asfari. Amnistía Internacional y Human Rights Watch afirmaron que el Tribunal no debía volver a basar sus sentencias en confesiones obtenidas mediante torturas o malos tratos tal y como confirmaron al analizar los nuevos informes realizados en febrero y marzo de este año. Por estos motivos, la Audiencia Nacional reconoció en octubre de 2016 el estatuto de refugiado a Hassana Alia, condenado a cadena perpetua por el Tribunal Militar marroquí.

Las misiones internacionales de observación cuestionaron también la cadena de custodia y las pruebas aportadas que no vinculan de manera directa y probada a los acusados con los cargos que se les imputan así como la presencia de nuevos testigos que desconocían el nombre de las personas acusadas.

Por todas estas razones, diputados y diputadas, integrantes del Intergrupo Parlamentario por el Sáhara Occidental, reclamamos:

-La anulación de los Juicios ya que el Tribunal marroquí no tiene competencia territorial para juzgar hechos de un territorio que Naciones Unidas considera pendiente de descolonización.

-Una investigación independiente en el marco de Naciones Unidas para determinar la situación de las personas presas de Gdeim Izik, especialmente sobre las irregularidades denunciadas por las misiones internacionales concernientes a las confesiones realizadas bajo torturas o malos tratos.

-La exigencia de estas dos demandas en todas las acciones del Gobierno de España en su relación con el Reino de Marruecos.

Pablo Bustinduy, Podemo
Miguel Ángel Bustamante, Izquierda Unida Sònia Farré, En Comú Podem
Antonio Gómez Reino, En Marea Jorge Luis Bail, Equo
Joan Tardá, Esquerra Republicana Enric Bataller, Compromís
Oskar Matute, Bildu


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