Coordinadora Ecoloxista d’Asturies •  Opinión •  28/04/2018

El grave problema del veneno en la naturaleza asturiana en el Oriente y en el Occidente

El grave problema del veneno en la naturaleza asturiana en el Oriente y en el Occidente

El uso de cebos envenenados en el medio natural asturiano constituye  una de las prácticas más lesivas para los ecosistemas en general y para determinadas especies de fauna amenazada en particular. Además de suponer una amenaza directa para la salud, al afectar tanto a las personas como a los animales domésticos como salvajes.

Por eso desde la Coordinadora Ecoloxista hemos presentado observaciones con motivo del trámite de consultas de la Estrategia contra el uso del Veneno del Principado, una estrategia que nos parece que es claramente insuficiente y que llega tarde después de decenas de animales salvajes y domésticos envenenados. Esta misma semana aparecieron 2 buitres en Proaza echando sangre por el pico, que acabaron muriendo

Asturias es una de las pocas comunidades españolas que no  Estrategia contra el Veneno a pesar de la continuidad del problema del veneno en los entornos rurales y urbanos, ya hay estrategia en otras comunidades desde el año 2004, aquí han pasado 14 años para un borrador encima muy poco ambicioso.

Desde el año  2004 la lucha contra el uso ilegal de veneno en España era una prioridad de acuerdo a la Estrategia Nacional, pero aquí en Asturias, parece que no era prioritario a pesar de que algunos grupos reclamábamos medidas más exigente con el grave problema al Principado que hizo oídos sordos.

Eso que estábamos hablando de una práctica se encuentra tipificada como delito por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, pero que es muy difícil pillar a los responsables por la escasez de medios de investigación y vigilancia.

Estamos hablando de un grave problema ambiental, que afecta al 57% de la superficie asturiana, fundamentalmente la parte Sur de la región. Que tiene picos de uso en los meses de marzo y abril, que afecta a decenas de especies, de manera especial a las aves y a animales domésticos. Que tiene a día de hoy como concejos más afectados de acuerdo a los datos oficiales; Cangas del Narcea, Cabrales, Peñamellera Alta, Tineo, Caso.

Nos parece minimizar el diagnostico cuando el Principado asocia el uoso del veneno exclusivamente a los daños al lobo y para nada se citan unas prácticas delictivas por parte de algunos, vecinos,  cazadores y ganaderos en algunas zonas de Asturias de forma continua. Los venenos se usan en Asturias para eliminar otros muchos animales salvajes además del lobo, pero el lobo acaba llevándose la culpa de todo.

En cuanto a las medias propuestas en la propuesta, entendemos que se basan en una buena intención que se concreta poco más que en sobrecargar al personal de vigilancia y control, cuando lo que se necesita es más personal tanto técnico como guardas, así como de medios para perseguir este grave delito ambiental que hasta ahora poco se ha perseguido por el Principado.

Creemos necesario que a las escasas medidas propuestas por el Principado se añadan algunas más en la misma línea que han regulado otras comunidades españolas:

-Monitorización sobre la zona con más casos de veneno para poder pillarlos.

-Mejorar el control de los animales domésticos asilvestrados y perseguir el abandono de estos. Parece que nadie quiere reconocer el problema de perros y gatos asilvestrados.

-Agilizar de verdad  los pagos de la compensación de los daños ocasionados por la fauna salvaje cuando estos procedan. No como sucede ahora que por más que se presuma en el documento de ser los más rápidos de España, los afectados se quejan de demoras de meses cuando no de años.

-Denunciar públicamente el Principado los casos conocidos de uso de venenos y dar publicidad de las resoluciones judiciales condenatorias y las sanciones administrativas.

-Promover por parte del Principado la resolución de medidas cautelares y restauradoras soportadas sobre criterios técnicos, que sean legalmente independientes de la autoría de la infracción como las que siguen:

a) Suspensión del aprovechamiento cinegético para facilitar las labores de búsqueda, investigación y determinación de responsabilidades.

 b) Suspensión del aprovechamiento cinegético para preservar la seguridad alimentaria, durante un tiempo de control y vigilancia.

 c) Prohibición o restricción de acceso a personas por posible presencia de cebos envenenados, lo que será directamente aplicable en áreas de uso público regulado o terrenos de naturaleza pública.

d) Prohibición de pastoreo o tránsito de ganado en zonas con venenos durante un tiempo de control y vigilancia.

No se puede seguir permitiendo los delitos ambientales en el medio asturiano.


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