Comunicado a la Ciudadanía y Mutualistas a no rendirse
Un nuevo obstáculo para los derechos de pensionistas actuales y anteriormente mutualistas.
El 22 de diciembre de 2024, el Gobierno aprobó la Ley 7/2024, que introduce nuevas trabas para las reclamaciones de devolución de IRPF de mutualistas que cotizaron en los años 60 y 70. Estas medidas afectan gravemente a los derechos de miles de pensionistas y agravan la injusticia histórica que ya reconoció el Tribunal Supremo en su Sentencia 255/2023.
Lo que cambia la nueva normativa
- Eliminación del formulario actual: A partir del 22 de diciembre de 2024, queda sin efecto el formulario habilitado hasta ahora para reclamar las devoluciones correspondientes a los ejercicios 2022 y anteriores.
- Anulación de solicitudes pendientes: Todas las reclamaciones presentadas antes de esa fecha (22 de diciembre/24) y aún no resueltas por la Agencia Tributaria, para los ejercicios fiscales no prescritos (2019, 2020, 2021 y 2022), quedarán sin efecto.
- Nueva reclamación anual escalonada: Las devoluciones de los ejercicios no prescritos deberán reclamarse año a año, durante el plazo voluntario de declaración del IRPF en cada año correspondiente.
2025: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2019.
2026: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2020.
2027: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2021.
2028: Se solicitará el ejercicio fiscal de 2022.
Consecuencias
- Duplicación de trámites: Un trámite sencillo se transforma en tener que reclamar de forma anual durante cuatro años, prolongando innecesariamente un proceso ya de por sí complejo, especialmente para personas mayores.
- Retrasos en el reconocimiento de derechos: Al obligar a escalonar las reclamaciones entre 2025 y 2028, se perpetúa una injusticia que debería haber sido resuelta de manera inmediata tras la Sentencia del Tribunal Supremo.
- Riesgo de pérdida de derechos: Muchas personas pensionistas, por edad avanzada, podrían no ver resueltos sus derechos antes de fallecer.
- Exclusión discriminatoria: Se mantiene la negativa a devolver cantidades a los y las pensionistas sin retenciones de IRPF, vulnerando los principios de igualdad y justicia fiscal.
Nuestro compromiso y acciones legales
Desde nuestra organización denunciamos esta medida como un atropello legal y social que perpetúa una injusticia histórica. Estamos analizando todas las posibilidades legales para recurrir esta normativa y continuamos en los tribunales para garantizar que quienes cotizaron a las mutualidades, independientemente de sus retenciones actuales, reciban lo que les corresponde.
Además, impulsaremos una campaña de movilización social para visibilizar este problema y exigir al Gobierno y a la Agencia Tributaria que rectifiquen de inmediato.
Qué deben hacer
Si no han presentado su solicitud inicial: Reclamar según el calendario establecido a partir de 2025. Es importante señalar que presentar esta solicitud no supone ningún perjuicio.
- Si ya presentaron su solicitud y quedó anulada: Volver a reclamar siguiendo los plazos anuales indicados.
- Si están entre los excluidos por no tener retenciones: Aunque la Agencia Tributaria lo niegue, el derecho está reconocido por el Tribunal Supremo y por la misma Agencia Tributaria (en los datos fiscales de cada mutualista de 2023). Por tanto, también recomendamos presentar la solicitud en las fechas ya descritas.
Conclusión
Nos enfrentamos a un intento deliberado de retrasar, obstaculizar y recortar derechos a miles de mutualistas que han sido históricamente perjudicados y perjudicadas. Estas medidas no sólo son injustas, sino que representan un grave atropello legal y social.
Hacemos un llamado a cada persona afectada y a la ciudadanía a no rendirse. Esta lucha no ha terminado. Seguiremos trabajando para lograr que la justicia prevalezca y que se respeten plenamente los derechos de los y las pensionistas mutualistas.
¡¡GOBIERNE QUIEN GOBIERNE LAS PENSIONES PÚBLICAS, LOS DERECHOS Y LOS SERVICIOS PÚBLICOS SE DEFIENDEN!!
Comisión de Legal (COESPE).
Enero de 2025.